El reparto de utilidades, al igual que otras prestaciones, es considerada de Ley, por lo que toda empresa está obligada a otorgarla a sus empleados; sin embargo, existen algunas excepciones, las cuales enunciaremos a lo largo de este texto.
Recursos Humanos en la empresa
Antes de entrar en materia, es de vital importancia analizar a los Recursos Humanos, uno de los 4 tipos de recursos que necesita toda empresa para desarrollar su actividad preponderante. Los otros 3 son:
- Recursos materiales
- Recursos financieros
- Recursos tecnológicos
Los Recursos Humanos son un pilar en las compañías, ya que poseen características peculiares, como la capacidad intelectual y la fuerza humana, las cuales varían de acuerdo al tipo de individuo, por lo que se convierten en parte importante en la consecución de los objetivos de la empresa y de sus utilidades.
¿Qué son las utilidades según la Constitución?
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 123 del apartado A establece que los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de la empresa.
El inciso C de la fracción IX del mencionado artículo señala:
Para determinar el monto de las utilidades de cada empresa se tomará como base la renta gravable de conformidad con las disposiciones de la Ley del impuesto Sobre la Renta”.
A pesar de que esta prestación, también conocida como Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), se otorga por ley a todos los trabajadores, existen sus excepciones, pues excluye a los empleados de los Poderes de la Unión y del gobierno del Distrito Federal.
Las utilidades de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo
Asimismo, el reparto de utilidades también se encuentra comprendido en el artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo.
Artículo 120: El porcentaje fijado por la Comisión Nacional constituye la participación que corresponderá a los trabajadores en las utilidades de cada empresa.
Para los efectos de esta Ley, se considera utilidad en cada empresa la renta gravable, de conformidad con las normas de la LISR”.
La resolución de la Tercera Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas señala que para el concepto de renta gravable equivale y corresponde a los ingresos gravables que contiene la LISR.
Esta misma resolución señala que todas las entidades económicas, de acuerdo con el artículo 16 de la LFT, y las personas físicas que tengan trabajadores y sean contribuyentes del ISR, están obligados al pago de la PTU.
¿Quiénes no pagan PTU?
Según el artículo 126 de la LFT, están exentas de repartir utilidades:
- Las empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento.
- Las empresas de nueva creación dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los 2 primeros años de funcionamiento. La determinación de la novedad del producto se ajustará a lo que dispongan las leyes para fomento de industrias nuevas.
- Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el periodo de exploración.
- Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
- Las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Economía. La resolución podrá revisarse total o parcialmente cuando existan circunstancias económicas importantes que lo justifiquen.
¿Cómo se calcula la PTU?
La PTU es del 10%. La base sobre la que se calcula es el ingreso gravable.
Para la determinación de la renta gravable, los contribuyentes deberán disminuir de los ingresos acumulables las cantidades que no hubieran sido deducibles.
Derecho a recibir PTU
El derecho a recibir la PTU se ajusta a lo establecido el Artículo 127 de la LFT, donde se establece lo siguiente:
- Los directores, administradores y gerentes generales de las empresas no participarán en las utilidades.
- Los demás trabajadores de confianza participarán en las utilidades de las empresas, pero si el salario que perciben es mayor del que corresponda al trabajador sindicalizado de más alto salario dentro de la empresa, o a falta de éste al trabajador de planta con la misma característica, se considerará este salario aumentado en un 20%, como salario máximo.
- El monto de la participación de los trabajadores al servicio de personas cuyos ingresos deriven exclusivamente de su trabajo, y el de los que se dediquen al cuidado de bienes que produzcan rentas o al cobro de créditos y sus intereses, no podrá exceder de un mes de salario.
- Las madres trabajadoras, durante los periodos pre y postnatales, y los trabajadores víctimas de un riesgo de trabajo durante el periodo de incapacidad temporal, serán considerados como trabajadores en servicio activo.
- Los trabajadores del establecimiento de una empresa forman parte de ella para efectos de la PTU.
- En la industria de la construcción, después de determinar qué trabajadores tienen derecho a participar en el reparto, la Comisión a que se refiere el Artículo 125 adoptará las medidas que juzgue conveniente para su citación.
- Los trabajadores domésticos no participarán en el reparto de utilidades.
- Los trabajadores eventuales tendrán derecho a participar en las utilidades de la empresa cuando hayan trabajado 60 días durante el año, por lo menos.
El salario para efectos de la PTU está determinado por la LFT, en su artículo 124, donde determina que se entiende por salario la cantidad que perciba cada trabajador en efectivo por cuota diaria. No se consideran como parte de él las gratificaciones, percepciones y demás prestaciones a que se refiere el artículo 84, ni las sumas que perciba el trabajador por concepto de trabajo extraordinario.
¿Cómo se distribuye la utilidad?
La forma en que se distribuirá la utilidad repartible es la siguiente:
- Se dividirá el monto a repartir en 2 partes iguales.
- La primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios.
- La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.
De acuerdo con el artículo 122 de la LFT, el reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que se pague el impuesto anual, aun cuando esté en trámite la objeción de los trabajadores.
Debemos tomar en cuenta que el correcto cálculo de la PTU es fundamental para no afectar los derechos de los trabajadores, considerando que las personas morales tienen hasta marzo para presentar su declaración anual y las personas físicas el mes de abril.
La PTU deberá entregarse para personas morales a más tardar en mayo y las personas físicas tendrán como plazo junio.
FUENTE: soyconta.mx
Qué es la Participación de los Trabajadores en las Utilidades