Esto debe tener tu factura si rentas casa o ‘depa’

  • Este documento debe indicar los pagos por concepto de Impuesto sobre la Renta (ISR) y contraprestación por IVA, además debes tomar en cuenta que a partir del 1 de enero se deberá expedir el CFDI con la versión 3.3.
Al rentar una casa, departamento o automóvil exija al arrendador el comprobante respectivo para tener una prueba de que realizó el pago correspondiente.

Para efectos fiscales dicho documento deberá reunir ciertos requisitos, como indicar la retención de 10 por ciento por concepto de Impuesto sobre la Renta (ISR) si es una persona moral la que renta el inmueble a una persona física.

También deberá reflejar el 10.67 por ciento de la contraprestación por IVA, siempre que se trate de inmuebles o muebles, con excepción del arrendamiento de casa habitación que está exenta del impuesto.

Asimismo, todos los comprobantes de arrendamiento deberán indicar la cuenta predial de los inmuebles.

Recuerde que el arrendador deberá usar las alternativas de emisión de facturas que establecen las autoridades hacendarias.

La primera opción es gratuita y puede utilizarse en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT); la segunda opción también se encuentra en el portal del SAT y se realiza con la aplicación “Mis cuentas”; y la tercera es contratar los servicios de un proveedor autorizado por el SAT para la emisión de facturas.

Considere que a partir del 1 de enero se tendrá la obligación de expedir el comprobante fiscal por Internet (CFDI) con la versión 3.3.

Con la nueva versión se tendrá que anotar en el comprobante fiscal el uso que le dará el cliente al documento.

Tome en cuenta que se deberá seleccionar la clave del producto. Habrá que elegir la que más se asimile al arrendamiento que se presta.

Por ejemplo: 80131500 ‘Alquiler de arrendamiento de propiedades o edificaciones’ (clave genérica) y la clave de unidad en el arrendamiento es la E48 de ‘unidad de servicios’.

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