- Pagar menos impuestos representa, seguramente, una buena noticia para tus bolsillos, aunque irónicamente depende de un factor que nos ha afectado durante los últimos años.
La creciente inflación que se ha visto a lo largo de este año tras el aumento en el precio de las gasolinas y el diesel y que ha afectado el ingreso real de los mexicanos, traerá como consecuencia un ajuste en el pago que hacen los contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta (ISR), lo que se refleja en tu pago de impuestos.
En enero de 2017, la inflación acumulada desde diciembre de 2013 excedió el 10%, esto ha mermado el poder adquisitivo de los mexicanos. Por ejemplo, los contribuyentes que en su trabajo no han tenido aumentos ni conforme a lo que avanza la inflación tienen menos ingresos para su gasto, y su sueldo además se ve afectado por el pago de los impuestos.
“Conforme al artículo 152 de la Ley del Impuesto sobre la Renta se prevé que la tarifa de las personas físicas se debe actualizar una vez que la inflación acumulada supere el 10% desde la fecha en la que se actualizó por última vez. Dicha actualización entrará en vigor a partir del 1 de enero del ejercicio siguiente en el que se haya presentado el mencionado incremento”, dice el dictamen de la Ley de Ingresos de la Federación aprobado el miércoles por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados.
Por lo que de acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta, la tarifa aplicable a las personas físicas debe actualizarse a partir del 1 de enero de 2018 por las autoridades fiscales.
“Hay una regla, cuando la inflación pasa del 10% te manda a actualizar los rangos del ingreso ¿qué quiere decir esto? que los rangos se vuelven más altos, eso quiere decir que si tu salario no cambia y el rango se movió tu quedarías en una tasa (de ISR) más baja”, comentó en entrevista Héctor Villarreal, director general del Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP)
La última actualización que se hizo al ISR fue en diciembre de 2013, en el marco de la reforma hacendaria propuesta por el entonces secretario de Hacienda, Luis Videgaray. En tanto que la inflación acumulada de diciembre de 2013 a enero de este año fue de 11.74%, según la calculadora de inflación del INEGI.
Actualmente hay 11 rangos de ingresos para el pago del ISR, el primero va de 0.01 a 992.14 pesos mensuales para el cual la tasa del ISR es de 1.92%, el rango ocho va de los 32,736.84 a los 62,500 pesos mensuales por lo que se paga un ISR de 30% sobre el excedente del límite inferior y a partir de 250,000.01 se paga el 35% sobre el excedente del inferior.
En este sentido se espera una ampliación de los rangos de ingresos para el cobro del ISR. “Es un asunto de que mueven los rangos”, comento el diputado de Morena, Vidal Llerenas.
“No es que los impuestos estén bajando sino que los rangos se están ampliando. Si tu sueldo solo cubre inflación y no te ajustan los rangos (de ISR) tu sueldo en términos reales es el mismo al pasar de los años y lo único que ocurre es que estás pagando cada vez más impuestos”, dijo Villlarreal, quien espera que esto se apruebe en el pleno de la Cámara de Diputados pues es una regla plasmada en la Ley del ISR.
Aún así esperan más ingresos
Con esta medida la estimación de la recaudación por ISR para el 2018 es 1.562 billones de pesos (bdp) frente a los 1.566 bdp que estimaba la Secretaría de Hacienda en la Iniciativa de Ley de Ingresos 2018, una reducción de 3,989 millones de pesos.
No obstante, aún con ese ajuste, los diputados prevén que los ingresos totales del gobierno federal para el año que entra sumen 5.279 billones de pesos frente a los 5.236 billones que esperaba Hacienda, esto es, un aumento de 43,291 millones de pesos.
Este aumento se dará ya que se espera una mejora en la actividad económica, lo que compensará la disminución de los ingresos derivados del ISR.
“Tal vez sí tengan más ingresos porque habían subestimado la propuesta original, entonces luego se inventan cosas como eficiencia recaudatoria pero no hay una explicación exacta de los ingresos extra”, comentó Llerenas.
ISR para los afectados por los sismos
El dictamen de la Comisión de Hacienda también contempla medidas de para no dañar más económicamente a las personas afectadas por los sismos de septiembre pasado.
Así, no se considerarán ingresos acumulables para efectos del pago del ISR, los apoyos económicos o monetarios que reciban los afectados de los sismos, los cuales provengan de personas morales o fideicomisos autorizados por las autoridades fiscales.
Además, para la Ciudad de México y para algunos municipios de los estados de Morelos, Puebla y Tlaxcala, se estableció el beneficio de que las personas que perdieron totalmente sus hogares, no paguen el ISR por los ingresos que reciban producto de la venta del terreno en donde se encontraba albergada su casa habitación.
“Estos beneficios otorgan liquidez a las personas afectadas por los sismos y propicia las mejores condiciones para la recuperación de los daños, permitiendo canalizar los recursos directamente en la atención de los daños ocasionados por los referidos sismos”, dice el documento.
Asimismo, los contribuyentes no considerarán ingresos acumulables los apoyos económicos o monetarios que reciban a través de los programas previstos en los presupuestos de egresos, de la Federación o de las Entidades Federativas.
“Con este tratamiento fiscal se permite que los apoyos entregados a través de programas públicos que se activan por la ocurrencia de desastres naturales, como sería el Fondo de Desastres Naturales o programas públicos de financiamiento para la adquisición de casa habitación, se entreguen en forma completa y no se vean disminuidos con el pago respectivo del ISR” dice el dictamen.