- Este documento debe indicar los pagos por concepto de Impuesto sobre la Renta (ISR) y contraprestación por IVA, además debes tomar en cuenta que a partir del 1 de enero se deberá expedir el CFDI con la versión 3.3.
Para efectos fiscales dicho documento deberá reunir ciertos requisitos, como indicar la retención de 10 por ciento por concepto de Impuesto sobre la Renta (ISR) si es una persona moral la que renta el inmueble a una persona física.
También deberá reflejar el 10.67 por ciento de la contraprestación por IVA, siempre que se trate de inmuebles o muebles, con excepción del arrendamiento de casa habitación que está exenta del impuesto.
Asimismo, todos los comprobantes de arrendamiento deberán indicar la cuenta predial de los inmuebles.
Recuerde que el arrendador deberá usar las alternativas de emisión de facturas que establecen las autoridades hacendarias.
Considere que a partir del 1 de enero se tendrá la obligación de expedir el comprobante fiscal por Internet (CFDI) con la versión 3.3.
Con la nueva versión se tendrá que anotar en el comprobante fiscal el uso que le dará el cliente al documento.
Tome en cuenta que se deberá seleccionar la clave del producto. Habrá que elegir la que más se asimile al arrendamiento que se presta.
Por ejemplo: 80131500 ‘Alquiler de arrendamiento de propiedades o edificaciones’ (clave genérica) y la clave de unidad en el arrendamiento es la E48 de ‘unidad de servicios’.