- Después de impugnar las resoluciones definitivas y haber acreditado sus pretensiones, obtuvieron sentencias favorables para dejarlas sin efectos
Se publica en el Diario Oficial de la Federación el Oficio 500-05-2018-23168 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF) o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto.
En su momento fue notificado un Oficio de Presunción de inexistencia de operaciones amparadas con determinados comprobantes fiscales que emitieron, ello de conformidad con los párrafos primero y segundo del precepto en cita, en relación con el artículo 69 de su Reglamento. Continuando el procedimiento, de acuerdo con su tercer párrafo, se notificó la resolución definitiva siendo agregados al listado a que se refiere el tercer párrafo del artículo 69-B del CFF.
A lo que inconformes con el oficio individual de presunción u oficio de resolución definitiva respectivo, se interpusieron medios de defensa en lo particular, obteniendo sentencias con la nulidad o revocación de las resoluciones definitivas, por lo que con el presente oficio se da cumplimiento publicando que han quedado sin efectos, quedando salvaguardadas las facultades de la autoridad fiscal respecto de otros comprobantes fiscales que hayan emitido sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que ampararon tales comprobantes.