- Aunque existen varios regímenes para quienes se autoemplean, el de servicios profesionales u honorarios se adapta a los freelancers
En México hay 14 millones de personas que laboran por su cuenta, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), indicó Daniel Martínez, representante de Enconta.
Se destaca el incremento de 4 por ciento de los trabajadores independientes con respecto al mismo periodo del año anterior, pues, si bien este número aún está lejos de superar la cifra de asalariados, mantiene una tendencia a la alza.
Muchas personas hacen freelance porque les permite balancear mejor su vida personal y laboral, además de la flexibilidad en horarios y lugares de trabajo. Sin embargo, quienes opten por este esquema no sólo deben saber administrar muy bien su tiempo y dinero, también necesitan conocer el régimen por el que están dados de alta pues asumen la responsabilidad de todas sus obligaciones fiscales”, comentó.
Aunque existen varios regímenes para quienes se autoemplean, el de servicios profesionales u honorarios se adapta a los freelancers. Sin embargo, según cifras del Sistema de Administración Tributaria (SAT), estos contribuyentes apenas representan el 5 por ciento del padrón.
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El desconocimiento de cómo opera el SAT y la preocupación de recibir una penalización por no cumplir con lo que se exige, provoca que las personas decidan mantenerse al margen. Herramientas digitales como Enconta, facilitan la fiscalización y contabilidad de quienes desean trabajar por su cuenta.
Obligaciones de los freelancers
Los interesados en tributar bajo el régimen de honorarios necesitan realizar algunos trámites directamente en las oficinas del SAT, como la solicitud de la e.firma. La actualización de su información fiscal, la solicitud de contraseña o del sello digital, pueden realizarse en línea.
Para corroborar ingresos, los freelancers deben emitir facturas electrónicas por la prestación de sus servicios, así que recomendó identificar claramente la clave que le corresponde a su actividad. Requieren solicitar los comprobantes fiscales de las compras indispensables para su actividad, para añadirlos a su declaración y llevar la contabilidad correspondiente.
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Bajo este régimen se deben presentar tanto las declaraciones mensuales como las anuales, para informar el monto total de ingresos, gastos y retenciones, si es el caso, así como calcular los impuestos que se aplican por las operaciones.
Este punto es el que más contrasta con los asalariados, pues ahí es el patrón el que hace ese descuento para entregarle al empleo el salario neto.
Además de las deducciones personales que las personas físicas pueden incluir en sus declaraciones anuales, cuentan con algunos gastos que podrán añadir en las mensuales, tales como: pago de sueldos y salarios si se tiene empleados, arrendamiento del local que se ocupe para ofrecer los servicios, pago de la luz y el teléfono del inmueble, papelería y artículos de escritorio, e inversiones de activo fijo como el equipo de computo.