La restricción temporal y cancelación de sellos digitales no debe entenderse de manera aislada para ser aplicada solo por el SAT.
La Miscelánea Fiscal 2020 prevé un nuevo procedimiento a través del cual las autoridades podrán restringir temporalmente el uso de los certificados de sello digital. Esto cuando se actualice alguna de las causales previstas.
Paso previo a la cancelación de sellos digitales
Se trata de un paso previo a la cancelación de sellos digitales, para darle derecho de audiencia a los contribuyentes. Para implementar esta medida, se adiciona el artículo 17-H Bis al Código Fiscal de la Federación (CFF).
En caso de que las autoridades fiscales presuman que se actualizó alguna de las causales, el contribuyente mediante una solicitud de aclaración, podrá aportar las pruebas que a su derecho convenga. Esto para que al día siguiente al de la solicitud, se restablezca el uso de dicho certificado.